Santiago, 21 de junio de 2006
Rechazada prescripción en crimen de
Hermanos Vergara Toledo
Comenzó el fin de la impunidad en el crimen de los hermanos Vergara Toledo, asesinados por la espalda el 29 de marzo de 1985 en la Villa Francia. La Corte de Apelaciones dio a conocer el 20 de junio el fallo contra el alegato de prescripción y cosa juzgada que se vio el 29 de mayo pasado, confirmando los procesamientos contra los ex miembros de Carabineros subteniente Alex Ambler Hinojosa, cabos segundos Jorge Marín Jiménez y Francisco Toledo Puente, y carabinero Marcelo Muñoz Cifuentes. Todos ellos formaban parte de la dotación de la Comisaría Alessandri del sector poniente de Santiago. El ministro Carlos Gajardo deberá ahora estudiar la investigación realizada por el ministro en visita Sergio Muñoz, para proceder a dictar las sentencias de primera instancia.
El fallo contó con la unanimidad de los miembros de la octava sala de la Corte de Apelaciones, jueces Omar Astudillo Contreras, Juan González Zúñiga y el abogado integrante Patricio González Marín. Con declaraciones de más de 60 testigos, y diversas pericias, el juez Muñoz había establecido que Rafael Mauricio y Eduardo Antonio Vergara Toledo, jóvenes combatientes de la Villa Francia en tiempos de dictadura, fueron asesinados por la espalda por agentes del Estado (carabineros) que los habían perseguido durante años por ser miembros del MIR.
Uno de los inculpados es un criminal reincidente. Un año después del homicidio de los hermanos Vergara, el cabo segundo de carabineros Marín Jiménez, -que como todos permaneció impune- asesinó a su esposa, María Margarita Caballero Ulloa, y fue condenado por lajusticia militar a una pena de cinco años y un día. Optó muy pronto a la libertad condicional, cumpliendo menos de dos años de prisión efectiva.
El 30 de septiembre de 2003, el juez Muñoz había sido designado Ministro en Visita en la causa, que debió dejar en 2005 al ser nominado a la Corte Suprema. Anteriormente la Justicia Militar, que caratuló los hechos como un enfrentamiento con delincuentes y drogadictos, había dictado sobreseimiento.
Esa versión fue también la publicada por toda la prensa nacional.
El rol de la justicia militar
La señora Luisa Toledo Sepúlveda, madre de Rafael y Eduardo, entregó personalmente una carta en la Segunda Fiscalía Militar el 16 de junio, que expresa su opinión de la justicia. En ella sostuvo: “Durante veinte años, ustedes, jueces y fiscales también han sabido que este fue un asesinato, pero han amparado, han protegido a los cuatro criminales directos, han manipulado los hechos, han mentido, pasando por alto datos concretos como el disparo en la nuca recibido por Rafael; han sabido desde un comienzo que el policía herido lo fue por una bala de sus mismos compañeros...ustedes hicieron la vida imposible a los pocos testigos que teníamos, interrogándolos hasta altas horas de la noche, haciéndoles perder sus trabajos, amenazándolos, haciendo incluso una falsa reconstitución de los hechos. Han sido ustedes realmente unos canallas que hicieron todo lo posible para que pasara el tiempo necesario para que el caso prescribiera. Ya su abogado no alega inocencia, sino prescripción.”
En la misiva la madre relata que el abogado Unda, defensor de los inculpados, dijo al tribunal que se habían hecho más de 500 disparos contra los dos estudiantes. También cita Luisa Toledo las conclusiones del ministro Muñoz: “mis hijos no eran delincuentes, sí eran conocidos por la policía por su dirigencia política y poblacional y fueron asesinados por la espalda. Eduardo murió de inmediato y Rafael, herido en la médula espinal, queda parapléjico y sólo podía mover sus brazos tratando de tocar a su hermano en un gesto de amor que ustedes jamás podrían entender, y estando así a merced de sus verdugos, le disparan a una de sus manos, arrancándole dos dedos: después ambos son engrillados y Rafael es golpeado con la culata de un fusil en su rostro quebrándole sus dientes…es rematado con un disparo en su nuca. ¡Lindo el enfrentamiento!...ustedes en general están acostumbrados a pelear así, verdad? Con enemigos sin armas o con armas desiguales, sacados de sus casas a altas horas de la noche, llevados a casas de tortura, engrillados vendados….de qué guerra me hablan?”
Homicidios políticos
Para dictar la sentencia que tuvo un positivo impacto en la familia Vergara y en los jóvenes que año a año han rendido homenaje a los hermanos caídos, la Corte de Apelaciones tuvo a la vista el informe del juez Muñoz fundamentando el rechazo a la prescripción, basado en que se trataba de homicidios politicos. En el punto 8 del documento citado, con el título "Participación de agentes del Estado en la muerte de Rafael y Eduardo Vergara Toledo ", el juez caracterizó a los hermanos señalando que ellos "formaban parte de lo que se denomina la Resistencia, e iban a realizar una acción de recuperación de dinero (asalto) a la panadería ubicada en Avenida Cinco de Abril con Las Rejas", junto a otros cuatro amigos, armados con tres revólveres y una pistola, además de un revólver calibre 22, de Rafael. Pero el asalto nunca se realizó: los jóvenes fueron interceptados por carabineros de la Tenencia Alessandri, comandados por el Teniente Alex Ambler Hinojosa.En su informe el ministro hace notar que el mismo día delcrimen de los hermanos Vergara, en un presunto enfrentamiento –que hoy se sabe fue una emboscada de la CNI – murió también Paulina Alejandra Aguirre Tobar (en El Arrayán), en tanto que en horas de la mañana fueron secuestrados (en un camino rural de Quilicura) los profesionales José Manuel Parada, Manuel Guerrero y Santiago Nattino, degollados al día siguiente.
La investigación del juez se remontó al año 1979, fecha en que por primera vez el padre de Eduardo y Rafael, Manuel Vergara, fue detenido por Carabineros. En el punto 8 del documento, bajo el título"Participación de agentes del Estado en la represión y detención demiembros de la familia Vergara Toledo", da cuenta de tres allanamientos al hogar de la familia y 8 detenciones en manifestaciones de protesta de esos años. Muñoz cita dichos de un testigo acogido a reserva de identidad, quien señala que en laComisaría se sabía que "detrás de todas las acciones terroristas comolos ataques al cuartel, ataques incendiarios a un furgón, emboscadas auna patrulla, estaba la mano de la familia Vergara Toledo, respecto de cuyos hijos se decía que pertenecían al MIR y que sus padres eran funcionarios de la Vicaría".
Genocidio contra el MIR
La Corte de Apelaciones tuvo a la vista el considerando Nº 14 del documento por el cual el ministro Muñoz rechazó la prescripción, y calificó los delitos como "de lesa humanidad", basándose entre otros, en la Declaración de Principiosde Cooperación Internacional en la Identificación, Detención, Extradición y Castigo de los culpables de Crímenes de Guerra o deCrímenes de Lesa Humanidad, suscrita por Chile el 3 de diciembre de 1973. Habla de los victimarios como "agentes del Estado que inician la persecución de un grupo de individuos que buscan desde hace algún tiempo por razones políticas, para lo cual utilizan recursos institucionales como son el medio detransporte y el armamento de cargo". Señala luego que los bienes jurídicos afectados son la vida, la seguridad individual, la integridad física y, la libertad de opinión. Este conjunto de antecedentes le permite al magistrado afirmar la existencia de "unapersecución política y concluir en una calificación jurídica de delitode lesa humanidad; dado que esta persecución se inscribe en una mayor".
Líder estudiantil en las protestas
En su investigación, el Ministro Muñoz rescató además hitos de la trayectoria revolucionaria de Eduardo Vergara Toledo en la Academia Superior de Ciencias Pedagógicas, de la que fue expulsado en 1983, cuando cursaba el segundo año de historia con apenas 18 años y fue sindicado como "el principal promotor de todos los incidentes que se producen en la academia". El joven era dirigente de la Unión Nacional de Estudiantes Democráticos, UNED y colocó el pabellón nacional a media asta, un 20 de agosto, en homenaje a los muertos en la protesta nacional "porque en el día del Libertador Bernardo O'Higgins eso es coherente con un sentimiento patriótico". En el proceso consta el discurso de Eduardo en una reunión de protesta así como su defensa de una alumna ante los guardias en el casino; se le acusa de marchar en los prados llamando a plegarse a la protesta del 11 de mayo de 1983; hacer arengas pidiendo la libertad de dirigentes sindicales e incitar a los estudiantes a participar en el movimiento estudiantil. El rector delegado de la época, Mariano Sepúlveda (de la Armada) expulsó a Eduardo por "arrogarse la misión de transformar la estructura académica de la institución", ya que su alumno sostuvo: "creo que es un deber como estudiante y como chileno formarse como futuro pedagogo de maneraintegral…el problema no se soluciona con no ingresar al establecimiento, sino por el contrario es legítimo exigir dentro del mismo renovaciones fundamentales".
En cuanto a Rafael, en el expediente se cita el informe de la CNI, que relata su expulsión del Liceo de Aplicación de Santiago en septiembre de 1983, por "promover y provocar constantemente disturbios estudiantiles". El joven pertenecía a las milicias de la resistencia del sector poniente de Santiago, y había sido reincorporado posteriormente al liceo. Los dos hermanos, que estaban clandestinos en 1985, eran también líderes poblacionales.
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