¡De repente nos encontramos ad portas del
gobierno directo de las transnacionales! Corporaciones como Monsanto, las
farmacéuticas, los fabricantes de automóviles y otras corporaciones elaboraron
en secreto junto a una elite de negociadores de la casta empresarial/estatal de
doce países, una ley para todos sus
habitantes. Denominaron el resultado como “Acuerdo Transpacífico” (TPP), y la
Presidenta Bachelet lo firmará en febrero – cuando Chile está en “receso”
vacacional - para recién entonces enviársela al parlamento. A partir de marzo
senadores y diputados deberán decir sí o no. Hasta ayer no más, ellos tampoco
tenían idea de qué iban a contener los 30 capítulos, sus anexos y demases
porque sólo a fines de octubre se hicieron públicos los contenidos y aún no son
definitivos los textos ni sus traducciones. A partir de marzo podrán
reivindicar o no su rol como representantes electos por los y las ciudadanas, o
elegirán ser comparsa nacional de las transnacionales y sus socios chilenos. Están
en la mira de sus electores.
Son
muchos los impactos negativos del Tratado, presentado como el acuerdo comercial
más importante firmado hasta ahora, que se aboca a todos los temas imaginables
y de lo que menos habla es de comercio. Aquí sólo nos referiremos a qué pasará con la
semilla campesina e indígena y con la biodiversidad, si se aprueba este tratado.
Resucitan la “Ley Monsanto”
Hasta
el año 2013, el negociador de temas agrícolas del tratado por Estados Unidos
fue Islam Siddiqui, ex lobbysta de Monsanto.
Se retiró tras asegurar en la redacción los intereses de la
transnacional productora de híbridos, transgénicos y plaguicidas. El capítulo 18, de Propiedad intelectual, en
su párrafo.7.2., letra d) obliga a Chile ratificar el Convenio UPOV 91 (de
propiedad intelectual de las semillas).Eso implica derogar la actual ley de
semillas y aprobar el proyecto de Ley de Obtentores, que es la traducción al castellano del
Convenio UPOV 91.
Ante
la presión social, al inicio de su mandato, la Presidenta Bachelet había suspendido la
tramitación final por el Senado de la “Ley Monsanto” (proyecto de Ley de
Obtentores Vegetales) por sus implicancias en la soberanía alimentaria y la
biodiversidad. Por eso no pudo promulgar el Convenio UPOV 91, aprobado el año 2011 por el Senado. Reponer la Ley Monsanto a través del TPP,
significa impedir el ejercicio del derecho ancestral al libre intercambio de semillas, y extender el registro de semillas a todas las
variedades vegetales, encareciendo aún más el costo de la semilla. El resultado
será aumentar más la emigración
campo-ciudad, por el colapso de la agricultura familiar campesina, generando
así el espacio físico requerido para la expansión de los cultivos transgénicos
y de la contaminadora industria forestal. Sin agricultura familiar campesina,
que actualmente abastece las ferias libres y otros espacios de venta de frutas
y verduras, los consumidores dependerán
exclusivamente de los supermercados, más caros. La agroindustria además, orientada a la
exportación dejará en el país sólo lo no exportable y las “cadenas cortas”
consumidor – productor que se presentan como alternativas nuevas y
saludables, abortarán por disminución de
la oferta de productores rurales.
Biopiratería legal
En
este mismo capítulo 18, en el párrafo 16.d hablando de “cooperación” el TPP impulsa
además la formación de expertos en el registro de patentes de conocimiento
(ancestral) indígena sobre plantas. Obviamente eso indica que los expertos
patentarán conocimientos ancestrales, un procedimiento rechazado ampliamente
por las organizaciones de los pueblos originarios que habitan Chile y cuyo
patrimonio genético y conocimientos ancestrales ya han sido víctimas de la
biopiratería desde hace rato. Este Tratado sigue alentando la biopiratería y
nada dice respecto de nuevos protocolos internacionales referidos a estos
asuntos.
Nueva Zelanda negoció excepciones a favor de
sus pueblos indígenas derivadas del Tratado de Waitangi. En cambio Chile ni
siquiera prevé la Consulta Indígena según ha afirmado la Cancillería, ignorando
las disposiciones del Convenio 169.
Tratados
anteriores con USA y la Unión Europea ya exigían a Chile ratificar el Convenio
UPOV 91. La diferencia es que ahora, si el Estado no cumple, cualquiera de las
empresas inversoras de los 11 países miembros del tratado puede llevar a Chile a tribunales
internacionales (CIADI) cuyas sentencias – inapelables- en forma
mayoritaria son en contra de los países en desarrollo, y de
altísimo costo.
Tutela sobre leyes
Las
disposiciones del TPP afectan la soberanía nacional, ya que su maraña de disposiciones genera una
suerte de camisa de fuerza respecto de nuevas normas. El capítulo 2 sobre
Trato Nacional y Acceso a Bienes, en su párrafo 27.10 establece un
Grupo de Trabajo sobre Biotecnología que analizará
“las leyes,
reglamentos y políticas nacionales, existentes y propuestos”. Cualquier regulación que pretenda
proteger nuestra salud y el ambiente, por ejemplo a través de la moratoria a
los cultivos transgénicos y el etiquetado de alimentos transgénicos, o
políticas públicas que regulen la existencia de
compras públicas de alimentos agroecológicos/orgánicos para comedores
escolares u hospitales podrían ser consideradas como un obstáculo al comercio y
quedarían “congeladas”. Porque existe el capítulo 15 sobre Compras del Sector
Público y un Capítulo 8 sobre Obstáculos Técnicos al Comercio. Estas normas podrían ser vistas como acciones
que van en contra de las “expectativas razonables de ganancias” de los
inversores de la agroindustria, definidas sólo por la empresa. El Estado no se arriesgará
a posibles demandas porque firmó el Capítulo
28 sobre Resolución de Controversias (tribunales internacionales con fallos
inapelables y sesgados); y el Capítulo 9 sobre inversiones que regula estos
temas. El tratado opera como un candado a normas rigurosas que permitan mayor
protección de nuestra salud y de la biodiversidad.
Contaminación sin castigo
En el ya citado capítulo 2, su párrafo 29 se cuida de asegurar la exportación
ininterrumpida de transgénicos sin penalizar la contaminación, aplicando normas
más débiles que las del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la
Biodiversidad o las del Codex Alimentario.
Desoyendo las demandas ambientalistas Chile, alineado con Estados
Unidos, lleva décadas negándose a ratificar este Protocolo que regula la
exportación de transgénicos. Estados
Unidos, Canadá, Chile y Australia, no firmantes del Protocolo de Cartagena,
impusieron su criterio respecto de aplicar normas más bajas que los estándares
internacionales frente a la contaminación de embarques con niveles bajos de
transgénicos, y no cuantificar el nivel
de contaminación a permitirse.
En
los últimos años, las exportaciones de maíz convencional de LimaGrain se han
visto afectadas por contaminación de transgénicos y en más de diez oportunidades
fueron devueltas a Chile desde Alemania, que las rechazó. La falta de control
de la contaminación por transgénicos será una amenaza creciente para la
exportación de alimentos a países con tolerancia cero a los transgénicos
(Alemania, Rusia) o con tolerancia cero a los no aprobados (entre otros,
Francia, Malasia, China) ya que si adoptan medidas como el rechazo, también
podrían ser demandados por las transnacionales.
Por
Lucía Sepúlveda R. Red de Acción en Plaguicidas RAP-Chile, vocera para la RM de
la campaña nacional Yo NO Quiero Transgénicos en Chile.
Fuentes
a consultar para saber más:
Sobre
la Obligación de ratificar el Convenio UPOV 91 y consecuencias
Declaración del Diálogo Sur sobre Leyes de
Semillas, 25 de noviembre de 2015 http://reddesemillaslibresdecolombia.ning.com/
Cóm Cómo atajamos la Ley Monsanto por Lucía Sepúlveda
Sobre el Candado impuesto a nuevas legislaciones
frente a amenaza de demandas por inversores
Informe
para el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre los efectos adversos Por Alfred de Zayas (Estados Unidos), en español.
htt
Sobre punto 3
de normas frente a Niveles Bajos de Contaminación por Transgénicos
El
TPP asegura la contaminación ilegal de nuestros alimentos (Lim Li Lin y
Lim Li Ching, Red del Tercer Mundo, en inglés), diciembre de 2015
Santiago
de Chile, 20 de diciembre de 2015